12 de mayo de 2016

BERKELEY EN EL PROYECTO DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL CATALOGA LOS RESIDUOS DE LA EXTRACCIÓN DE URANIO COMO "NORM"

El Ayuntamiento de Retortillo, la Comisión provincial de Medio Ambiente, la Junta de Castilla y León y el Ministerio de Industria cierran los ojos para no ver y reconocer lo que Berkeley les ocultó.

Orden FYM/2013, de 25 de septiembre, por la que dicta la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de explotación en la concesión de explotación para recursos de la sección D), minerales de uranio, denominada "RETORTILLO-SANTIDAD" Nº 6605-10, en los términos municipales de Retortillo y Villavieja de Yeltes, provincia de Salamanca, promovido por Berkeley Minera de España, S.A.

Valladolid, 25 de septiembrede 2013. El Consejero de la Junta de Castilla y León.- Fdo.: Antonio Silván Rodríguez.  

Descripción del proyecto que presenta Berkeley a la Junta de Castilla y León. 

Estudio de Impacto Ambiental del proyecto de explotación del yacimiento de Retortillo y Santidad, de marzo de 2012.

Estériles producidos en la extracción del uranio:

Los denominados estériles producidos en la extracción se distinguen mediante el control de leyes, control radiométrico y control visual, estableciéndose cuatro tipos:

- Tierra vegetal. Primera capa de tierra vegetal hasta (0,5 - 1,5 m) con contenido en U < 40 ppm.
- Material oxidado. Depósitos terciarios, metasedimentos y granitos de la zona totalmente oxidada.       Concentraciones de U < 40 ppm.  
- Material sulfuroso (ARD). Metasedimentos y granitos de las zonas mixta y reducida.                           Concentraciones de U < 40 ppm.  
- Material NORM (Natural Ocurrance Radiactive Material). (Fuente de radiactividad natural). Todos los estériles con concentraciones de U < 40 ppm.

Al igual que en el proyecto se catalogan los residuos de ARD y NORM, las cuatro escombreras proyectadas donde se almacenarán los residuos y los rellenos de las cortas se consideran ARD y NORM:

Leído lo anterior, nos quedamos con dos fechas muy importantes

1ª.  Berkeley presenta el proyecto a la Junta de Castilla y León en Marzo        de 2012.
2ª. Se dicta Declaración Favorable de Impacto Ambiental el día 25                 Septiembre de 2013.

Ahora fijaros en este documento del CSN de fecha 5 de marzo de 2014 y fecha de salida al Ministerio de Industria el 10 de marzo de 2014 donde se le comunica las carencias encontradas en la memoria presentada por Berkeley sobre los residuos radiactivos que considera NORM y deben ser tratados como Radiactivos de primera categoría dentro del ciclo del combustible nuclear.



Conclusión:
Ya que la Junta de Castilla y León no anula esta declaración de impacto ambiental concedida a Berkeley en marzo de 2013 y el Ministerio de Industria tampoco lo estima oportuno, tendrá que ser La Audiencia Nacional quien anule la misma, ya que se encuentra en la actualidad investigando todas las autorizaciones.  



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